Estudio, Trámite y Resolución de Solicitud, por Cambio de Docente en Plantel Particular Incorporado
Evaluación:
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Información General
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Estudio, trámite y resolución de solicitud, por cambio de Docente en plantel particular incorporado a Educación Básica.
¿Qué necesito?
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(*) Documentos obligatorios
Copia simple del acta de nacimiento del docente
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Copia simple del acta de nacimiento
Oficio de solicitud de alta de personal docente firmado por el director(a) de la escuela y sellado. La fecha del oficio deberá corresponder a la fecha de inicio de su caso.
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indicando el nombre y cargo autorizado por esta Coordinación dirigido al Coordinador de Control Escolar, Información y Estadística Educativa, Manlio Vladimir Macías Briones, zona escolar; número de acuerdo; número telefónico; correo electrónico. Indicar los datos personales del docente que se da de alta: nombre completo y perfil profesional, CURP, RFC (con homoclave), correo electrónico del nuevo docente y mencionar el nombre del docente a la baja (que deberá corresponder al mismo grado y grupo).
Constancia de antecedentes penales
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Constancia de antecedentes penales con fecha de no más de un mes de expedida en relación de la presentación de la solicitud
Credencial de elector
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Credencial de elector (debe contener el C.U.R.P.)
C.U.R.P.
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Recibo de pago correspondiente
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Recibo de pago correspondiente de no más de un mes de emito en relación al inicio del trámite.
Copia cotejada de documento de preparación en area de Educación
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Cédula profesional
Título profesional
Acta de examen profesional
¿Cuál es el proceso?
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1
Enviar documentos
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El ciudadano envía los documentos solicitados para el cambio de docente en plantel incorporado
2
Subir resultado
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Se envía oficio de resolución de tramite
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Depende de un funcionario
Plazo máximo para la resolución:
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10
Día(s)
Hábil(es)
Precio
Paga en línea, con cualquiera de los siguientes métodos de pago:
Artículos 147 fracción I, 149 fracción IV de la Ley General de Educación.
Artículos 17, 51, 121 fracción I y 123 fracción V de la Ley General de Educación del estado de Baja California.
Artículo 27 de la Ley de Ingresos del Estado de Baja California para el Ejercicio Fiscal 2022.
Artículos 1, 4 fracción II, inciso “c”, 27 fracción XI, 40 inciso “c”, 43 fracciones XIX y XX del Reglamento Interno del Instituto de Servicios Educativos y Pedagógicos de Baja California.
Artículos 1, 4 fracción II, inciso G, 10, 20 fracción VII, 37 fracciones XLI y XLIII del Reglamento Interno de la Secretaría de Educación.